Se ampliará periodo de representantes de víctimas

Jornada de registro de datos de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas en Antioquia.

La Unidad para las Víctimas ha notificado a través de los consulados que se inicia un nuevo periodo de elección de representantes de víctimas en el exterior.

Desde mediados de enero la entidad, realizó un proyecto de resolución mediante el cual se aclara que las próximas elecciones de las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas del conflicto se harán para un período de dos años, comprendido entre el 2021 y el 2023. Sin embargo, a partir del año 2023 las elecciones será para un periodo de 4 años en Colombia y se aplicará para elección de representantes en Colombia y en el exterior.

Valga recordar que las mesas Municipales, Distritales, Departamentales y Nacional, elegidas en el año 2019, por un periodo de dos años, finalizarán su periodo en el año 2021. Además, se ha establecido un cronograma de la elección de las mesas municipales, distritales, departamentales y nacional de Participación Efectiva de las Víctimas para un último periodo de dos (2) años comprendido entre 2021-2023:

  1. Las Mesas Municipales y Distritales de Participación Efectiva de las Víctimas serán elegidas entre el 20 de agosto y el 10 de septiembre del 2021, por dos (2) años.
  2. Las Mesas Departamentales de Participación Efectiva de las Víctimas y la Mesa Distrital de Participación Efectiva de Víctimas en Bogotá se elegirán entre el 20 de septiembre y el 10 de octubre del 2021, por un periodo de dos (2) años.
  3. La Mesa Nacional de Participación Efectiva de las Víctimas serán elegidas entre el 20 de octubre y el 10 de noviembre del 2021, por un periodo de dos (2) años.
    Hacia el futuro, desde el 2023, las elecciones de las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas serán para un periodo de 4 años. Esta decisión pretende armonizar y engranar el funcionamiento y ejercicio del derecho de participación de las mesas de víctimas, con los periodos de los mandatarios locales que se elegirán durante ese año electoral.

Los procesos de elección de este colectivo, se encuentran estatuidos en el artículo193 de la ley de víctimas que ordena para tal fin, la conformación de las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas, “propiciando la participación efectiva de mujeres, niños, niñas y adolescentes, personas mayores víctimas, a fin de reflejar sus agendas” y garantizar “la participación en estos espacios de organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas y de las organizaciones de víctimas”.

En cumplimiento de esa ley, se emitió la Resolución 01668 del 30 de diciembre de 2020, que es la antesala para incrementar a 4 años el periodo de representantes. Esto fue producto de una amplia discusión, participación e incidencia de las víctimas y los representantes de las Mesas.

Dicho Protocolo de Participación ha recogido y consolida los importantes esfuerzos y avances en años de implementación e introduce ajustes, así como unifica y compila reglamentaciones existentes con el fin de robustecer el derecho a la participación de las víctimas, en términos de garantizar mayor incidencia en los escenarios donde se diseñe, planifique, ejecute y se haga seguimiento a las políticas públicas, desarrolladas en el marco de la Ley 1448 de 2011 y demás normas concordantes y complementarias.

El artículo 31 de la citada Resolución 01668 de 30 de diciembre de 2020, estableció, las fechas de Elección de las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas y el período de estas, a partir de las elecciones del año 2023 en adelante.

En conclusión, las Mesas Distritales, Municipales, Departamentales y Nacional, elegidas en el año 2019 por un periodo de dos (2) años, finalizan su periodo en el año 2021. La Resolución 01668 de 2020 estableció en el artículo 31 las fechas de elección de las mesas de participación, cada cuatro (4) años, contados a partir del año 2023 y por el tiempo de vigencia de la Ley 1448 de 2011. Con el fin de   garantizar la transición de los periodos de elección de las Mesas de Participación Efectivas de las Víctimas, se debe realizar su elección para el periodo 2021-2023, en tanto entra en vigencia el artículo 31 de la Resolución 01668 de 2020. Por lo tanto, se hace necesario adicionar un artículo a la Resolución 01668 de 30 de diciembre de 2020, que reglamente las fechas de Elección de las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas para el período 2021-2023.

Columnista Julian Castrillon en escolombia

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